“Quien comete un delito debe cumplir con su pena una vez juzgado, y detentar un cargo público jamás debe ser sinónimo de blindaje o impunidad”, consideró la ministra Ríos Farjat.
“Las facultades de la entidad perseguidora federal no se ven mermadas porque no se retire la inmunidad a funcionarios locales, pues es prerrogativa del estado esa decisión y por ello no prescriben las conductas punibles, de manera que se puede proceder en contra de funcionarios locales una vez que dejen el cargo público que ostentan”, se estableció en el proyecto aprobado.