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REDACCIÓN - 21 Oct 2026

MÉXICO LLEGA A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU POR CRISIS DE DESAPARICIONES; GOBIERNO RECHAZA CRITERIO DEL COMITÉ


NUEVA YORK, EU.- El presidente del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, Juan Pablo Albán, presentó formalmente ante la Tercera Comisión de la Asamblea General la situación de México, en el marco de un procedimiento extraordinario activado por primera vez en la historia de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.


El procedimiento deriva del artículo 34, que permite al Comité llevar de manera urgente un caso ante la Asamblea General cuando considera que existen indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática dentro de un Estado Parte.


Después de revisar información acumulada desde 2012, documentos presentados por organizaciones civiles y la respuesta oficial del Estado mexicano, el Comité concluyó en abril que existen indicios de desapariciones forzadas “en el contexto de varios ataques generalizados o sistemáticos” en México, lo que jurídicamente ubica los hechos dentro del concepto de crimen de lesa humanidad utilizado por el propio organismo.


La resolución, sin embargo, no establece que exista actualmente una política federal ordenada desde el Gobierno mexicano para desaparecer personas. El propio Albán precisó ante Naciones Unidas que el Comité no encontró indicios fundados de una política a nivel federal dirigida a cometer desapariciones forzadas, ni mediante acciones deliberadas ni por omisión.


El Comité sí sostiene que existen problemas estructurales que permiten la continuidad del fenómeno, entre ellos impunidad, deficiencias en investigaciones y posibles casos de colaboración, apoyo o aquiescencia de servidores públicos hacia organizaciones criminales. En su informe también recordó que durante su visita de 2021 documentó una situación generalizada de desapariciones y niveles de judicialización extremadamente bajos.


La decisión no implica que la ONU haya declarado culpable al Estado mexicano ni constituye una sentencia internacional. El procedimiento tiene carácter preventivo y busca movilizar cooperación y asistencia internacional para atender una situación considerada de especial gravedad.


Entre las medidas planteadas se encuentra otorgar a México cooperación técnica, apoyo financiero y asistencia especializada para búsqueda de personas, identificación forense, investigaciones sobre desapariciones y posibles vínculos entre servidores públicos y delincuencia organizada. También se propuso establecer mecanismos para esclarecer la verdad y proteger a familiares, colectivos y defensores.


La delegación mexicana rechazó nuevamente el criterio del Comité. Arturo Medina, representante de México ante la sesión, afirmó que el país no comparte la interpretación utilizada para aplicar el artículo 34 y sostuvo que actualmente gran parte de las desapariciones son cometidas por organizaciones criminales.


No obstante, el representante mexicano reconoció que existen desapariciones forzadas cometidas “principalmente por grupos delictivos y, en algunos casos, lamentablemente, por autoridades del ámbito municipal”, y aseguró que todas deben ser investigadas y sancionadas.


México ha sostenido desde el inicio del procedimiento que el concepto de desaparición forzada debe limitarse a hechos cometidos directamente por servidores públicos o por particulares que actúen con autorización, apoyo o aquiescencia estatal. También niega que exista en el país una práctica generalizada o sistemática atribuible al Estado.


El Comité, en cambio, considera que la situación debe analizarse también bajo los parámetros de los crímenes de lesa humanidad previstos en el derecho internacional y sostiene que un ataque generalizado o sistemático no necesita abarcar todo el territorio nacional ni haber sido diseñado desde las máximas autoridades del Estado.


Durante la presentación ante la Tercera Comisión participaron representantes de 24 países, además de la Unión Europea y la Soberana Orden de Malta. Uruguay fue el único país que hizo referencia directa al procedimiento mexicano, al reconocer la activación del artículo 34 y destacar la disposición de México a seguir cooperando con el sistema internacional de derechos humanos.


El episodio también estuvo marcado por la expulsión de familiares de personas desaparecidas que mostraron fotografías de sus seres queridos dentro de la sala. Albán lamentó posteriormente lo ocurrido y señaló que las víctimas y sus familias debían ser escuchadas dentro del proceso.



La activación del artículo 34 no abre automáticamente un proceso penal internacional ni ordena sanciones contra México. Lo que sigue es que la Asamblea General pueda considerar mecanismos de cooperación, asistencia técnica y apoyo internacional, mientras el Comité continuará supervisando la situación y manteniendo diálogo con el Gobierno mexicano.


La relevancia del caso radica en que México se convierte en el primer país cuya situación es llevada a la Asamblea General mediante este mecanismo excepcional desde que la Convención entró en vigor.



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