Marlene Cabello - 04 Nov 2025

SCJN invalida multas por dormir en la calle en Cuernavaca: criminalizar la pobreza, una violación a los derechos humanos



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales las sanciones impuestas por el Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, que contemplaban multas de hasta 2,886 pesos o arrestos administrativos para las personas que fueran sorprendidas “durmiendo en la vía pública”.


El fallo, aprobado por mayoría en el pleno, representa un precedente histórico al reconocer que castigar a las personas en situación de calle constituye una forma de criminalización de la pobreza y una violación directa a los derechos humanos.


La decisión se originó a partir de una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, que argumentó que dichas disposiciones municipales contravenían principios fundamentales como el derecho a la igualdad, a la no discriminación, a la dignidad humana y al libre tránsito, protegidos tanto por la Constitución mexicana como por diversos tratados internacionales suscritos por México.


En su resolución, la SCJN enfatizó que el hecho de dormir en la calle no puede ser considerado una falta administrativa, pues se trata de una consecuencia de condiciones estructurales como la pobreza, la exclusión social o la falta de vivienda. “Sancionar a quien carece de techo no resuelve el problema, lo agrava”, señalaron los ministros.


Además, la Corte recordó que los gobiernos municipales están obligados a implementar políticas públicas de asistencia social, refugio temporal y programas de reinserción, en lugar de recurrir a medidas punitivas. Este tipo de normas, precisó, violan el principio de proporcionalidad al castigar un acto que no implica daño a terceros, y perpetúan la discriminación institucional contra los sectores más vulnerables.


Con esta determinación, el Ayuntamiento de Cuernavaca deberá modificar su Bando de Policía y Buen Gobierno, eliminando las disposiciones que permitían la imposición de sanciones o arrestos por “dormir o pernoctar en la vía pública”.


Organizaciones de derechos humanos celebraron la resolución de la SCJN, calificándola como un paso firme hacia la despenalización de la pobreza y un llamado a la empatía institucional. De acuerdo con datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), se estima que más de 30 mil personas viven en situación de calle en el país, y muchas de ellas son objeto de violencia, discriminación o desalojos arbitrarios por parte de las autoridades locales.


El caso de Cuernavaca podría marcar un precedente nacional, ya que varias ciudades del país mantienen reglamentos similares que sancionan la indigencia o la ocupación de espacios públicos por personas sin vivienda. Con este fallo, la Corte reafirma que la pobreza no puede ser motivo de castigo, sino un asunto de justicia social y de política pública.

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